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Ciberespacio y mundo físico, cada vez más unidos.

La semana pasada la Audiencia Provincial de Barcelona dictó sentencia por la cual condenaba a un individuo de 25 años de edad a pena de 4 años de prisión, junto con el pago de una indemnización a sus víctimas, y destacando sobre las anteriores, a no usar las redes sociales, los chats ni Whatsapp durante 5 años, con motivo de la condena que se le impuso por unos delitos relativos a abusos sexuales y pornografía infantil.

El ahora condenado, obligaba bajo amenazas, a un grupo de 5 niñas menores de 13 años a posar desnudas y en actitud sexual frente a sus ordenadores y obtenía imágenes y fotografías a través de la webcam de los dispositivos. El contacto con las menores lo conseguía mediante el contacto por redes sociales y programas como Whatsapp con las victimas, a las que amenazaba y extorsionada hasta conseguir su objetivo.

Más allá de la realización de esta conducta, y de la correspondiente condena conforme a lo establecido en el Código Penal, sin duda destaca la prohibición del uso de las redes sociales y chats por un periodo de 5 años. Una medida que no está establecida en el Código Penal, ¿A qué obedece?

La respuesta se podría encontrar en el ciberespacio, un nuevo entorno sin ordenamiento que lo regule que ha establecido sus propias medidas, entre ellas la que utiliza la Audiencia. La Ley no puede enfrentarse con la suficiente celeridad a las conductas que van surgiendo en el ciberespacio, y se han de aportar soluciones que sean más efectivas que las leyes obsoletas, aunque no se encuentren recogidas por el ordenamiento.

En la práctica jurídica, esta prohibición se toma como una medida vanguardista y novedosa, sin embargo en el ciberespacio sanciones así son la norma de toda red social. Las conductas contrarias a los Términos y Condiciones de la mayoría de las organizaciones privadas, implican la expulsión y cancelación de la cuenta del usuario infractor. Las organizaciones, ante la falta de leyes y normas, ordenan las conductas de forma privada. Que se produzca desde el poder judicial, supone un cambio de mandante, pero no de consecuencia, supone, que éste adopte normas comunes en internet conforme a su necesidad.

Se trata por lo tanto de un reflejo de las normas que aparentemente rigen el ciberespacio, a una situación del mundo físico, que con el tiempo se irá produciendo con mayor frecuencia, y que sin duda deberá evolucionar para cerrar todas las vías de escape que, con motivo de la novedad de la materia, aún se encuentran abiertas.

Álvaro Écija (@Alvaro_ecija)
Managing Partner at Ecix Group (@EcixGroup)

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Author: Álvaro Écija

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