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El principio de virtualidad

Me gustaría introducir este artículo con diversas preguntas y posibles respuestas al problema de la inseguridad existente en Internet.

A mi entender a todos nosotros nos mueve, en mayor o menor medida, la curiosidad y sobre todo la formulación de preguntas: ¿Es Internet un nuevo mundo puesto ante nuestro ojos? ¿Una nueva realidad ciberespacial tan real como el mundo terrenal y físico en el que nos movemos? Pero, ¿que diferencia lo real de lo irreal?. Esa es una difícil pregunta con muchas y más complicadas respuestas.

A mi entender, Internet y el ciberespacio es tan real como el mundo físico en el que convivimos. Pero Internet es un mundo virtual carente de toda materia y magnitudes físicas conocidas.

En este nuevo mundo, como he indicado en numerosas ocasiones, existen diversas conductas sociales que perjudican la convivencia y navegación libre de muchos internautas, como por ejemplo, el Ataque de Denegación de Servicio Distribuido “DDoS” a través de una red de bots.

Ante estos nuevos fenómenos sociales, el Derecho debería comenzar a estudiar los mismos con una visión nueva y sobre todo más innovadora. Y uno de los pilares que habría que definir como un nuevo postulado jurídico sería el del Principio de Virtualidad.

Este Principio de Virtualidad debería establecer que el orden jurídico aplicable a las ciberconductas debería conformarse por Cibernormas emanadas de la propia Internet.

Debería superarse el concepto de derecho positivo, entendido como el sistema por el cual el Estado es el órgano creador de Leyes aplicables a un territorio concreto delimitado por fronteras y comenzar a construirse un nuevo derecho, el CiberDerecho.

Y en este sentido, la elaboración de este nuevo postulado jurídico podemos validar que sean las propias Islas Virtuales o ciberislas (Facebook, Google, etc.) las creadoras y fuente de las nuevas cibernormas privadas.

Eso sí, estas Islas Virtuales deberían también colaborar y ponerse de acuerdo con otras Islas para promulgar nuevas normas “públicas” y generales que ordenen los principales problemas de Internet.

Y lo más importante, la resolución de los conflictos e interpretación debería realizarse por poderes diferentes. Así se garantizaría un sistema más justo y ético, donde el creador de las Cibernormas fuera independiente de quien las interpreta y juzga.

Este nuevo sistema jurídico futuro debería conformar, a mi entender, el ciberordenamiento jurídico que ordenada la convivencia pacífica y segura de Internet.

Cierto es que en el trasfondo del planteamiento subyace un profundo debate de Cibersoberanía, que abordaré en otra ocasión.

Definitivamente, la formulación de este postulado jurídico (El Principio de Virtualidad) solucionaría, de forma sencilla y eficaz, la galopante inseguridad de Internet.

Os invito a reflexionarlo y de esta forma definir todos juntos este nuevo principio. Y recordad, “no es el Derecho el que rige Internet sino el Ciberespacio el que ordena el Derecho

Álvaro Écija

www.ciberderecho.com

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Author: Álvaro Écija

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