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Iusnaturalismo, Derecho Positivo y Ciberderecho

El Derecho ha evolucionado hasta el actual “Derecho Positivo”.

Anteriormente, el Derecho Iusnaturalista reconocía la existencia de Derechos y bienes jurídicos universales independientemente de que estuvieran reconocidos por un ordenamiento. Pero actualmente, el Derecho Positivo solo reconoce los derechos de carácter territorial recogidos en un orden normativo de un lugar (territorio) y momento (tiempo) determinado.

Ambas teorías fueron válidas en su territorio y momento histórico, pero la revolución tecnológica que se está viviendo en estos primeros años del siglo XXI, ha venido a introducir nuevos valores y bienes jurídicos.

Internet o el ciberespacio se ha configurado como un nuevo “espacio” donde existen diversos conflictos que perturban la convivencia social. Con esta nueva ciberrealidad, el Derecho debe estudiar nuevos medios para afrontar la resolución de estos conflictos.

A mi entender, surge un nuevo derecho, el CIBERDERECHO.

evolucion

La teoría del Ciberderecho debe estudiar las nuevas ciberrealidades para darle un sentido jurídico y ciberordenar aquellas conductas sancionándolo con cibernormas.

Me explico, el Derecho positivo emana de un orden normativo, de un poder legislativo y su aplicación recae en el poder judicial. Pero en el ciberespacio no existe el Estado, ni un poder legislativo y judicial, con “poder” y “legitimidad” con efectos de realidad punitiva o coercitiva.

Sin embargo, en el Ciberespacio existen las ciberpersonalidades y el conjunto o suma de ellas, llamadas ciberorganizaciones. Estas ciberorganizaciones ocupan ese “lugar virtual”, a través de sus sitios web. Las ciberpersonas o internautas y los “sites”, y las ciberempresas, están ordenando y aplicando nuevas formas de convivencia, ante la falta de un ciberestado que jerárquicamente promulgue las normas de convivencia.

Por ello se hace necesario, ante esta situación, ordenar el ciberespacio y a quienes hacen uso de él, ya que todavía no existe una ordenación clara y uniforme de esta situación.

Sin embargo, si existe hoy un claro ejemplo en el ciberespacio del siguiente postulado:

Cibersuceso “antisocial” o ciberactividad ilícita = Cibersanción

El primer organismo que postuló este formato fue la ICANN, que ordenó la convivencia de los llamados “Dominios de Internet” y hasta el momento el sistema ha funcionado a la perfección.

Y ante la falta de este organismo supremo que ordene la cibervida de los internautas, los “sites” se han ido atreviendo a aprobar sus normativas, sin rango de ley, que regulan su convivencia. Google y Apple son un claro ejemplo de ello.

De ahí, que en este presente y futuro deba postularse la nueva disciplina que llamo Ciberderecho, la cual debe anteponer el término ciber a cualquier actividad, interpretación y sanción para la búsqueda de cibersoluciones a los ciberproblemas de Internet.

O dicho de otro modo, lo que sucede en internet, debe ordenarse y solucionarse en internet.

normasvsciber

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Author: Álvaro Écija

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